La Pobla de Farnals tendrá que pagar por otra sentencia condenatoria del gobierno anterior

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de La Pobla de Farnals contra la sentencia del Juzgado número 3 de València, que obligaba al municipio a indemnizar a todos los vecinos y vecinas de una finca ubicada arriba de un establecimiento de ocio nocturno que no disponía de licencia de actividad y que sobrepasaba el nivel sonoro permitido por ley.

La nueva sentencia recoge que sólo se deberá indemnizar a los habitantes de la única vivienda que ha certificado la irregularidad a través de un estudio de sonometria, que demuestra que el ruido era hasta 4 veces superior a los máximos establecidos.

El veredicto de la magistratura recoge que el local operó sin licencia de actividad entre los años 2003 y 2008, y sin licencia de apertura hasta 2012, y recrimina a la administración local su inactividad delante esta situación por no impedir una actividad clandestina y por no forzar el cumplimiento de una la orden de clausura establecida en diciembre de 2008.

“Esta nueva sentencia nos podría costar alrededor de 60.000 euros, que nuevamente saldrán del bolsillo de todos los vecinos y vecinas de La Pobla de Farnals, por una  inactividad administrativa reprochable, tal y como se expresa el juez a la sentencia.  Al actual Ayuntamiento le toca asumir los errores y dejadeces de los gobiernos anteriores, y el más triste de todo es que parece que la lluvia de sentencias no acaba aquí”, ha declarado Enric Palanca, alcalde de la localidad.

El máximo representante local ha añadido que esta situación puede derivar de un “modelo de contratación subjetivo” de los servicios jurídicos del Ayuntamiento. En este sentido, Palanca ha señalado que, actualmente, el municipio ha licitado a través de un procedimiento abierto la concesión del servicio para que una empresa con profesionalidad desarrolle el trabajo con las máximas garantías.

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