El PP de Albal denuncia el cobro indebido
El Partido Popular de Albal ha presentado una solicitud de Pleno Extraordinario del Ayuntamiento con la finalidad de que se apruebe una moción con la finalidad de requerir al Ayuntamiento de Albal la anulación del padrón de la tasa de recogida de basura para 2014 por exceder del coste del servicio el importe total de dicho padrón, lo que incumple las prescripciones establecidas en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia Ordenanza Fiscal de la tasa.
El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su art. 24.2 dispone el importe de cualquier tasa derivada de la prestación de un servicio ha de configurarse conforme al principio de equivalencia de costos, de forma tal que la recaudación que se imputa no ha de superar el coste real del servicio gravado.
Por resolución, la alcaldía ha resuelto aprobar el padrón de la tasa por recogida de basura, correspondiente al ejercicio 2014, por el importe total de 406.204€.
Por su parte, la empresa “Grupo Secopsa”, adjudicataria de la gestión del servicio público de recogida de residuos y limpieza viaria, ha presentado para este año 2014 el siguiente coste de ejecución de los servicios incluidos en la adjudicación: “Servicio de recogida de residuos: 190.598,32€”.
Si el padrón de la tasa de basura, aprobado para este año, es de 406.204,00€ y el coste del servicio de recogida de residuos, de conformidad con el estudio económico presentado por la empresa adjudicataria, asciende a 190.598,32€, el importe del padrón excede del coste del servicio. Por tanto se ha incumplido el art. 24.2 indicado y el padrón es ilegal.