La Unión de Consumidores recomienda a afectados por las huelgas de Ryanair que reclamen en los mostradores de la compañía

La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana con motivo de las nuevas huelgas convocadas por la compañía Ryanair recomienda a las personas consumidoras que puedan verse afectadas que reclamen sus derechos y soliciten en los mostradores de la Compañía las hojas de reclamación para solicitar las compensaciones correspondientes y soliciten cualquier tipo de información en los organismos competentes en materia de consumo. Asimismo advierten de la aparición de algunas plataformas con un claro ánimo de lucro que advierten de demandas colectivas con el fin de beneficiarse económicamente de esta situación cuando existen organismos como AENA, la propia compañía o incluso a AESA (Agencia Española de Seguridad Aérea). En este sentido advierten que la mejor solución es informarse en los servicios jurídicos de las Asociaciones de Personas Consumidoras que no tienen ánimo de lucro.

Además, a las cancelaciones de algunos vuelos previstas por la jornada de huelga, desde la Unión de Consumidores advierten que, por motivos obvios, se producirán retrasos en otros vuelos programados y que afectaran al consumidor en el mismo aeropuerto. En todos los casos, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana recomienda a los consumidores que presenten en la correspondiente reclamación e informa de los derechos que tienen y cómo reclamarlos.

• Hay que tener claro si el transporte contratado está incluido en un paquete turístico o en cambio si son servicios sueltos, es decir que el vuelo y el alojamiento han sido contratados por separado.

• En el caso de tener contratado un viaje combinado, en el que se incluye alojamiento, transporte u otros servicios, la normativa aplicable es el Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios. En cambio, si el vuelo ha sido contratado por separado la normativa aplicable es el Reglamento 261/2004 de la UE.

• Este Reglamento de la UE establece las compensaciones y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, estableciendo que los pasajeros afectados por la cancelación de vuelos tienen derecho al reembolso del precio de billete, asistencia a los pasajeros, y en función de la antelación con que comuniquen la cancelación respecto a la fecha de salida, una compensación económica según la distancia en km que oscila entre los 250 € a los 600€.

• De este modo, los pasajeros tienen derecho a compensación salvo que el transportista aéreo informe de la cancelación con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida; entre dos semanas y siete días de antelación si ofrece un transporte alternativo que le permita salir con no más de dos horas con respecto a la hora prevista; y con menos de siete días de antelación si el vuelo alternativo le permite salir no con más de un ahora de diferencia con respecto a la hora prevista.

• Por lo tanto, a los consumidores a quienes se les están comunicando la cancelación del vuelo, deben reclamar por escrito a la compañía aérea el reembolso del billete, y en función de los plazos de comunicación de la cancelación, la compensación económica correspondiente, así como los otros gastos que les haya ocasionado

• Si el consumidor hubiera contratado un seguro de viaje, debe dirigirse también a la compañía aseguradora para comprobar las prestaciones que quedan cubiertas en la póliza.

• Si se trata de un vuelo cancelado dentro de un viaje combinado, las agencia de viaje u organizador, o bien comunicará al consumidor la modificación, o bien la cancelación del viaje. El consumidor podrá aceptar las modificaciones u optar por resolver el contrato y cancelar el viaje, con el correspondiente reembolso del viaje, y en su caso la indemnización correspondiente.
• Es conveniente que el consumidor estén pendientes de su correo electrónico, ya que es el medio por el cual la compañía le comunicará la cancelación de su vuelo, y de esta forma evitará un desplazamiento al aeropuerto.

Por último, Vicente Inglada, Secretario de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana solicita a las autoridades que lleven a cabo las comprobaciones necesarias para averiguar si el funcionamiento de la compañía ha sido el adecuado, e interpongan las correspondientes sanciones, tanto a nivel autonómico como estatal. Además pide a los pasajeros afectados un comportamiento ejemplar para evitar altercados innecesarios y que mantengan la calma informándose en todo momento de cualquier duda en los mostradores del Aeropuerto de la compañía o de la propia AENA. No obstante, la compañía Ryanair, ya está advirtiendo que no dará ninguna indemnización con motivo de la huelga de pilotos. En este sentido, Inglada considera que una vez más los consumidores entienden los derechos de los trabajadores pero no comparten el trastorno que les ocasiona como consumidores finales “la compañía es la responsable y tiene que pagar por todos los problemas que están ocasionando a los usuarios afectados”

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