La consellera de Vivienda anuncia que se sancionará cualquier tipo de abuso o discriminación en el alquiler
La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, María José Salvador, ha afirmado que «no vamos a permitir ningún tipo de abuso ni discriminación en el alquiler de viviendas y si es necesario, estudiaremos tomar medidas sancionadoras ante estos hechos».
Para la consellera, «los abusos en materia de alquiler atacan directamente al derecho a la vivienda digna, asequible y adecuada de todos los valencianos, son discriminatorios e incluso pudieran ser considerados ilegales según la Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana y la Constitución Española».
Salvador ha señalado que «la Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana es un mecanismo directo para combatir situaciones que pudieran suponer una diferencia de trato diferenciado no justificado o un trato discriminatorio, y establece un catálogo de sanciones por importe de 3.001 euros hasta 30.000 euros para este tipo de infracciones».
Así, por ejemplo, ha explicado que «la Ley recoge sancionar conductas como negar el arrendamiento de un inmueble para vivienda habitual a personas que tuvieran menores a su cargo» y ha añadido que «este tipo de actuaciones resultarían prohibidas, por el catálogo de conductas recogido en el artículo 28 de la Ley».
La consellera ha insistido en que, aunque la Ley «no incluye una relación tasada de conductas constitutivas de discriminación directa o indirecta para evitar la protección de determinados sujetos o derechos en detrimento de otros que pudieran omitirse, sí se describen los elementos para identificar estas conductas lo que permitirá a la Generalitat realizar una actuación integral protectora».
Según Salvador, «con la Ley de la Función Social de la Vivienda, la Generalitat da una respuesta concreta en materia de vivienda, a las necesidades de las personas y colectivos más necesitados de protección con el catálogo de sanciones para combatir estas conductas».
A esto se une, ha resaltado la consellera de Vivienda, que «la Ley por la Función Social de la Vivienda faculta a la Generalitat para prestar, como servicio de interés general, instrumentos de mediación o arbitraje en materia de arrendamiento de vivienda que permitan atajar de manera más eficaz este tipo de problemáticas, por lo que a medio plazo se pondrá en marcha este mecanismo para velar por los intereses no discriminatorios de acceso a la vivienda».
Menores y derecho a la vivienda
Además, ha continuado, «en materia de protección de la infancia, las disposiciones que contienen la Ley por la Función Social de la Vicienda se han de interpretar con arreglo a la legislación vigente: Constitución Española, Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor; Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana; Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad Valenciana, artículo 172 del Código Civil, etc».
«Todo este marco jurídico hace referencia a las necesidades de los menores en materia de vivienda, contiene el derecho de los niños a crecer y desarrollarse en una vivienda digna y fundamenta la necesidad de combatir de manera específica estas conductas discriminatorias desde las propias administraciones públicas», ha subrayado la consellera.
En este sentido, en opinión de Salvador, hay que destacar que «la Generalitat sigue una creciente tendencia jurisprudencial de anteponer la protección del interés superior de los menores frente a la hipotética existencia de otros derechos a cargo de terceros».
Por último, la consellera ha manifestado que «no conviene olvidar que, por parte del Gobierno de España, se está elaborando una Ley en materia de vivienda; por tanto la Generalitat, instará, en el momento oportuno, la adopción de medidas de protección para garantizar el acceso a la vivienda a todas las personas y, en especial, a colectivos vulnerables».