La Mancomunitat de l’Horta Sud no quitará los fotorrojos, pese a la sentencia del Supremo, y esperará a que acabe el contrato
La reciente sentencia del Tribunal Supremo, rechazando el recurso del Ayuntamiento de Catarroja contra la resolución del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo número 3 de València, en la cual se anula una multa de fotorrojos por considerar que estos aparatos no tienen valor probatorio, ya que no cuentan con un control metrológico de su funcionamiento, no ha causado ningún efecto en la Mancomunitat Intermunicipal de l’Horta Sud, desde donde se reitera que no se quitarán los fotorrojos y que se esperará a que finalice el contrato con la empresa privada que los gestiona y cobra el 20% de las multas, Asesores Locales Consultoría, SA. Un informe jurídico encargado con rapidez por la Mancomunitat sobre esta nueva sentencia del Supremo la compara con una similar anterior, de noviembre de 2015, en el sentido de asegurar que, si aquella no significó nada para la entidad supramunicipal, esta tampoco. Sin embargo, no se tiene en cuenta una diferencia: Ante aquella sentencia, el Ayuntamiento de San Sebastián, que fue el que recurrió en aquel caso, decidió retirar los fotorrojos de la ciudad, pero ante esta de ahora, el Ayuntamiento de Catarroja, en la misma siuación, no va a hacerlo, ni tampoco la Mancomunitat.
Desde la Mancomunitat Intermunicipal de l’Horta Sud, presidida por Carlos Fernández Bielsa, alcalde de Mislata, aparte de intentar eludir la responsabilidad de la instalación de estos controvertidos artilugios, con los que se sanciona a razón de 200 euros y retirada de cuatro puntos de conducir por denuncia, recordando que lo hizo un gobierno anterior, se utilizan principalmente dos argumentos para tratar de justificar el que este sistema, con el que se llevan ya muchos millares de multas impuestas entre los cinco municipios de la comarca donde se halla en funcionamiento, Catarroja, Massanassa, Sedaví, Picanya y Beniparrell, no se haya eliminado, pese a que ha provocado numerosas protestas de los afectados, así como recursos judiciales.
Uno de esos argumentos es que retirar los fotorrojos conllevaría una indemnización a la empresa, y no se quiere cargar su coste a la ciudadanía. Sin embargo, dado que, según ha señalado el alcalde de Catarroja, Jesús Monzó, la empresa viene incumpliendo varias condiciones del contrato, éste podría haber sido rescindido hace tiempo por este motivo y, por la misma razón, sin tener que abonar ninguna indemnización.
El otro es que, ante la existencia de sentencias de tribunales de lo Contencioso-Administrativo diferentes, tanto favorables como contrarias a los multados que recurrieron a la vía judicial, había que esperar a que el Tribunal Supremo sentara una doctrina al respecto para saber a qué atenerse. Y eso es lo que dijo el alcalde de Catarroja, Jesús Monzó, que iba a intentar con el recurso que presentó su ayuntamiento en contra de una de esas sentencias favorables a los sancionados. Sin embargo, en ese recurso, rechazado por el Tribunal Supremo, lo que se pidió realmente es que se declarara legal el sistema de fotorrojos, pero, como no ha sido así, la Mancomunitat vuelve a decir que continúa pendiente una aclaración de la supuesta «contradicción» en las sentencias.
Ni paralizacíón, ni rescisión
En cualquier caso, el informe jurídico encargado a toda prisa por la Mancomunitat, en relación con lo dictaminado el 14 de diciembre pasado por el Tribunal Supremo, no deja dudas en sus conclusiones sobre lo que, según la letrada autora del mismo, María Inmaculada de la Fuente, debe hacer la entidad supramunicipal: «La sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre no tendría, a nuestro entender, efecto alguno en las sentencias dictadas hasta la fecha por todos los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de València en los procedimientos sancionadores instados como consecuencia de infracciones detectadas mediante fotorrojos. Y jurídicamente, a la luz del análisis anterior de tal sentencia, no se produciría la consecuencia en Derecho de la paralización de los procedimientos sancionadores ni la aplicación de una medida cautelar de rescisión del contrato entre la Mancomunidad Intermunicipal de l’Horta Sud y Asesores Locales Consultoría, SA».
Es decir, continuarán funcionando los fotorrojos, por lo menos hasta que acabe el contrato con la empresa, se seguirá multando y sólo se anularán las multas y, por lo tanto, se devolverá el dinero y los puntos del carné, a quienes recurran al juzgado y obtengan una sentencia favorable y firme para ello. Todos los demás a pagar y, si no lo hacen, se les embargarán las cuentas corrientes, como ya se viene haciendo.