LA UNIÓ revela que los citricultores sudafricanos pueden utilizar 62 materias pesticidas prohibidas en la UE y algunas de ellas tienen riesgo para la salud humana según la OMS
Los productores de cítricos de Sudáfrica pueden utilizar 62 materias activas de pesticidas cuyo uso está prohibido para los de la Unión Europea, según un estudio presentado hoy en rueda de prensa por LA UNIÓ de Llauradors junto a la Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (AVACU) a través de un laborioso proceso de trabajo efectuado por sus servicios técnicos.
El estudio de la organización agraria se ha hecho sobre las 305 principales materias activas que se utilizan en la citricultura. De esas 62 utilizadas en Sudáfrica, la Organización Mundial de la Salud tiene calificadas a 13 como extremada o altamente peligrosas. LA UNIÓ quiere dejar claro que en el estudio no se han realizado por el momento analíticas a las producciones importadas y es función de las diferentes Administraciones el control de esas sustancias activas en los productos que llegan a los mercados europeos.
La Comisión Europea establece niveles máximos de residuos (LMR) para pesticidas, es decir, los niveles más altos de residuos de pesticidas que son legalmente tolerados en los alimentos, incluidos los productos importados. Se aplica un LMR predeterminado general de 0,01 mg/kg cuando no se menciona específicamente un pesticida. Los agricultores, comerciantes e importadores tienen que cumplir con los LMR porque son responsables de la inocuidad de los alimentos. Del estudio hecho por LA UNIÓ se comprueba que de las 13 materias catalogadas como extremada o altamente peligrosas utilizadas en Sudáfrica, 4 tienen un Límite Máximo de Residuos (LMR) superior al límite más bajo predeterminado (0,01 mg/kg). Y un pesticida y un nematicida en particular superan hasta 5 y 10 veces, respectivamente, ese LMR más bajo. En este sentido, LA UNIÓ reclama para una protección efectiva de los consumidores eliminar el nivel máximo de residuos (LMR) predeterminado general para pesticidas de 0,01 mg/kg y establecerse en 0 mg/kg para los pesticidas no autorizados en la Unión Europea. Además, los límites máximos de residuos (LMR) se tiene que establecer según los criterios estrictos de la Unión Europea y no a petición del país exportador.
En el estudio también se analiza desde un punto de vista toxicológico las 20 materias activas de pesticidas que se utilizan para el control de plagas o enfermedades en citricultura (como el Citrus Black Spot-CBS o la Thaumatotibia leucotreta) que tienen su uso prohibido en la UE, pero que se emplean habitualmente en Sudáfrica. Las conclusiones son evidentes para la salud humana porque según la Organización Mundial de la Salud 6 de ellas tienen un riesgo cancerígeno probable, 5 tienen efecto seguro sobre la reproducción humana y 7 un efecto probable sobre la reproducción humana. La entrada de una plaga de esta magnitud en nuestro territorio podría ser un auténtico drama y los cálculos indican que si el CBS se introdujera los costes de la citricultura se elevarían un 40% y la harían totalmente inviable.
Tanto Carles Peris, secretario general de LA UNIÓ como Fernando Moner, presidente de AVACU, han insistido hoy en “comprobar el origen y apostar por comprar los productos más cercanos porque garantizan los estándares más exigentes de calidad, sostenibilidad, seguridad y respeto medioambiental”.
LA UNIÓ se ha entrevistado en los últimos meses con la Direcció General de Salut Pública de la Generalitat Valenciana, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) y ha contactado también con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria -EFSA-. A partir de la presentación hoy de este estudio se va a trasladar también a la Comisión Europea, a los consumidores europeos y al Parlamento Europeo a través de los eurodiputados que salgan elegidos tras las elecciones del próximo 26 de mayo.
LA UNIÓ, ante esta situación de competencia desleal y discriminación de nuestros productores a pesar de ser europeos, pide una reciprocidad y por tanto la prohibición de importación de cítricos de países terceros que tengan autorizado la utilización de materias activas cuyo uso está prohibido en la Unión Europea y, especialmente, aquellas catalogadas por la OMS como extremada o altamente peligrosas.
Del mismo modo LA UNIÓ pide la realización de analíticas a todas las entradas de cítricos en territorio de la Unión Europea procedentes de países terceros, con el fin de rechazar los envíos con detección de materias activas no autorizadas en la UE y garantizar, así, que no sean distribuidas en los Estados miembros. Los acuerdos comerciales tienen que contemplar la obligatoriedad que los países que exportan en la Unión Europea tienen que asegurar el estricto cumplimiento de las normas fitosanitarias comunitarias.
Solicita también una unificación a nivel comunitario de los criterios y normas de inspección fitosanitarias en frontera, la prohibición de la importación de cítricos procedentes de zonas con plagas y enfermedades declaradas de cuarentena por la Unión Europea; así como establecer la obligatoriedad del tratamiento en frío para las importaciones de países terceros con plagas de cuarentena y según los criterios que establezca la Unión Europea y no los que trasladan estos países terceros.