Paterna defiende la remunicipalización de servicios frente a una disposición del Gobierno
El Grupo Municipal Paterna Sí Puede/Podemos ha presentado en el pleno del Ayuntamiento de Paterna una moción en defensa de los procesos de remunicipalización y del derecho de los ayuntamientos a decidir la gestión más conveniente de los servicios que presta a sus vecinos y vecinas. La propuesta, aprobada con el apoyo de los grupos municipales Compromís, PSOE y EUPV y el voto en contra de PP y Cs, insta al Consell a que traslade al gobierno central y a las Cortes Generales la ilegalidad de la Disposición Adicional 27 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2017 y a que entable pleito de incumplimiento de ley ante el Tribunal Constitucional.
La iniciativa se posiciona en contra de la Disposición Adicional 27 contenida en el borrador de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. Paterna Sí Puede/Podemos se opone a la citada disposición por ser una medida con una clara intencionalidad política de sabotear, por parte del Gobierno central, los procesos de remunicipalización, favoreciendo las privatizaciones e interfiriendo en aquellos territorios que han decidido apostar por sistemas de gestión menos liberalizados, más democráticos, y por la recuperación de la gestión pública frente a la privada, reconocida incluso por el Tribunal de Cuentas como más eficaz y más económica frente a la gestión indirecta, que supone la privatización de los servicios públicos municipales.
Así mismo, el Grupo Municipal Paterna Sí Puede considera que la propuesta del Gobierno Central es un acto de imposición ideológica inconstitucional que vulnera la autonomía local, especialmente en la Comunidad Valenciana, la legalidad autonómica en cesión de competencias, los principios de buena administración, y las garantías de los servicios públicos a nivel local, contradiciendo los artículos 2 y 4 de la propia ley 7/1985, actualizada por Ley 27/ 2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y en contra del artículo 63 del Estatuto de Autonomía Valenciano y el artículo 137 de la Constitución Española.