Recomendaciones de la Unión de Consumidores por Semana Santa
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, ante la proximidad de la Semana Santa en la que muchos ciudadanos se preparan para realizar algún viaje en estas fiestas, ofrece una serie de consejos a los consumidores para evitar que sus derechos puedan ser vulnerados.
Agencias de viajes:
– Si el usuario opta por un paquete turístico, es importante que solicite el contrato, donde debe aparecer los datos fundamentales del viaje y sus organizadores, así como seguros y personas u organismos de contacto en los diferentes puntos del itinerario, sobre todo si se viaja al extranjero.
– Debe conservar la publicidad durante todo el viaje, ya que ésta tiene carácter contractual.
– Es preferible contratar viajes en empresas adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.
– Es recomendable realizar un seguro de viaje que, ante la cancelación, impida la pérdida de la reserva, que supone un coste de entre el 25 y 40% del importe total.
– Si es la Agencia quien anula el viaje, el consumidor tendrá derecho al reembolso del precio o a un viaje equivalente, salvo razones de fuerza mayor imprevisibles o inevitables.
– Antes de viajar, el usuario debe informarse sobre la necesidad de vacunas, visados, tasas…
Apartamento turístico:
– El reglamento que regula las viviendas turísticas en nuestra Comunitat establece los requisitos que deben cumplir estos apartamentos, tales como la comunicación e inscripción en el Registro de Turismo tanto por parte de las empresas gestoras de viviendas turísticas como por personas físicas o jurídicas que cedan un apartamento turístico.
– En el precio están comprendidos los servicios de conserjería y recepción, reparaciones y mantenimiento y los suministros de agua, energía eléctrica, combustible. También quedan incluidas en el precio, la utilización de las instalaciones de parques infantiles, piscinas, jardines y terrazas comunes; y en el caso de que se ofrezcan servicios complementarios no incluidos en el precio del apartamento, deberán darse la debida publicidad de los precios de los mismos y no será obligatoria su utilización por el cliente.
– Los consumidores deben rechazar y sospechar de cualquier sistema de reserva de alojamiento, en la que no entreguen justificantes de la entrega de dinero en concepto de reserva o que no faciliten por escrito las condiciones de la prestación del servicio, ya que no ofrecen las suficientes garantías al usuario de que se va a prestar el servicio en las condiciones pactadas
También hay que tener en cuenta el medio de transporte que se utilice, es necesario tomar determinadas recomendaciones:
Si viaja en avión:
-Confirmar la reserva del billete antes de volar y prestar atención a la “hora límite de aceptación de vuelo”, ya que si el consumidor llega tarde, la compañía aérea no está obligada a aceptarle ni podrá exigir el reembolso del billete.
– Si es víctima del overbooking, el usuario, siempre que haya confirmado su plaza, tiene derecho a una indemnización dependiendo de la distancia del viaje y al reembolso de su billete. Además puede exigir a la compañía aérea los gastos de comida, bebida y alojamiento por lo que debe conservar los tickets y facturas.
– En caso de pérdida, deterioro o retraso del equipaje, el consumidor tiene derecho a una indemnización por kilogramo facturado. De todas formas se recomienda realizar una declaración del valor del contenido del equipaje al facturarlo.
Si viaja en tren:
-Si se retrasa el tren, el consumidor tiene derecho a una indemnización por los perjuicios causados que oscilarán entre el 25%, el 50% o el 100% del precio del billete según el exceso sobre el horario previsto.
-En caso de pérdida o daño del equipaje, el usuario solo tendrá derecho a una indemnización si ha facturado el equipaje.
Si viaja en autobús:
-El usuario debe comprobar que en el billete figure el nombre de la empresa, la fecha del viaje, el trayecto, el precio, el número de vehículo y de su asiento