¿Se puede paralizar el pago del seguro del vehículo que no hemos utilizado por el estado de alarma?
La Unión de Consumidores Responde.
Pregunta: En la actual situación de alarma se puede paralizar durante los meses que esté establecido el pago del seguro del vehículo di no se está utilizando.
Respuesta: En relación con la consulta que nos plantea sobre posible paralización de plazo de vigencia en póliza de seguros, les hacemos las siguientes consideraciones:
En primer lugar, hemos de indicar que la normativa de defensa y protección a las personas consumidoras, se aplica única y exclusivamente a personas físicas (o personas jurídicas sin ánimo de lucro), y cuyo bien o servicio contratado no esté destinado a una actividad empresarial o profesional. De ser este el caso, tendrán que acudir a la normativa general del Código Civil o
Código de comercio, y, en todo caso, al contrato suscrito.
En segundo lugar, las previsiones del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, se refieren, en el ámbito de las personas consumidoras, a los supuestos de contratación de bienes y prestación de servicios, a fin de establecer los procedimientos y posibilidades de devolución de los importes abonados o suspensión de los servicios contratados.
Hay que tener también en cuenta que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declarando el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, no prohíbe el uso de vehículos, sino que restringe los desplazamientos a determinadas situaciones.
Teniendo en cuenta esta circunstancia, y dado que el vehículo sí que puede ser utilizado durante el estado de alarma, en caso de siniestro, se podrían hacer efectivas las coberturas de la póliza.
Cualquier contrato de seguro tiene vigencia anual y no se suspende el plazo de vigencia se utilice o no el bien asegurado (coche, moto, vivienda, etc.).