Sentencia favorable para las personas consumidoras
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana (UCCV) aplaude la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que determina que son los bancos los que deben abonar los Impuestos Jurídicos Documentados en las escrituras de préstamo hipotecario. Esta sentencia modifica la jurisprudencia anterior y anula la sentencia de 28 de febrero de 2018 que dictaminaba que eran los consumidores quienes debían pagar dicho impuesto.
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana estaba a la expectativa de pronunciamientos más favorables para los consumidores y usuarios a fin de no perjudicar que sentenciones firmes que siguieran la jurisprudencia anterior favorable a las entidades bancarias no permitieran al consumidor demandante recuperar los importes del Impuesto de Actos Jurídicos Documentado, que se suponían el mayor importe económico de la cantidad a reclamar, alrededor del 80% de los gastos que abona al consumidor al formalizar el préstamo hipotecario.
No obstante, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana muestra su preocupación por las distintas resoluciones judiciales con sentidos contrarios, como es el caso de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, que asumió el criterio favorable de las entidades bancarias.
En opinión de Vicente Inglada, Secretario de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, “nos preocupa la situación de aquellos consumidores que demandaron y obtuvieron sentencia en la que no se les reconocía la recuperación del ITPAJD y ahora no tendrán la posibilidad de obtener la compensación correspondiente”.
Por último, la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana recomienda a los consumidores que tengan que reclamar los gastos de formalización de las hipotecas que acudan a las asociaciones de consumidores para comprobar su situación y reclamar dichos gastos.