Burjassot se adhiere al «Plan Resistir» de la Generalitat Valenciana que dotará al municipio de 1.194.215 euros
Dentro del Plan Resistir, aprobado por la Generalitat Valenciana, se han incluido las «Ayudas Paréntesis» en cada municipio que serán destinadas a los sectores más afectados por la pandemia. Tal y como se desprende del Decreto Ley publicado el pasado día 26 de enero, el Ayuntamiento de Burjassot es beneficiario de dichas ayudas que ascienden a un total de 1.194.215€ de los cuales la Generalitat se hará cargo del 62.5%, del coste total de la actuación a desarrollar por el Consistorio, que deberá realizar una aportación del 15% del coste. El 22,5% restante estará a cargo de la Diputación Provincial de Valencia.
El Consistorio Burjassotense ya se ha adherido al Plan para, tal y como se desprende de las bases del mismo, ayudar a las empresas y autónomos de los sectores incluidos en el Decreto Ley publicado el pasado 26 de enero en el DOGV; sectores muy afectados por la pandemia. Asimismo, desde la Alcaldía se ha mantenido una reunión de coordinación para poder agilizar y acelerar en todo lo posible los trámites necesarios para solicitar estas ayudas y crear un equipo técnico que pueda gestionarlas con rapidez, trámites de los que se informará a todo el tejido comercial afectado una vez están definidos.
De manera práctica, estas ayudas se van distribuir, tal y como marca el Decreto Ley, en la concesión de una cantidad fija de 2.000€ por cada persona trabajadora autónoma o microempresa, con un máximo de 10 personas trabajadoras y una cantidad fija de 200€ por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y personas trabajadoras autónomas. Todo ello estará encaminado a paliar las consecuencias de la pandemia sobre los sectores productivos recogidos en el Decreto.
Para Rafa García, Alcalde de Burjassot, «estas ayudas van a ser un revulsivo muy importante para todos los sectores a los que van destinadas. Para nuestro Ayuntamiento ha supuesto también un gran paso ya que vamos a poder ampliar las ayudas previstas a todos los sectores productivos que estipula el Decreto Ley de una manera directa con unas cantidades económicas importantes para que puedan hacer frente a la situación tan difícil que están viviendo. Todas las administraciones estamos haciendo un gran esfuerzo e implicándonos en todo lo que podemos para que nuestros comerciantes, autónomos, empresarios… puedan tener ayudas ante las medidas que, lamentablemente, se están tomando para poder disminuir los contagios por la Covid-19».
Una vez se publiquen los requisitos y la documentación que es necesario aportar por parte de los solicitantes de las ayudas, se estipulará también el periodo de presentación de los mismos. Por este motivo, y dentro de este momento de transición hasta que se conozcan los requisitos, desde el Ayuntamiento de Burjassot recomiendan a todas las personas interesadas en solicitar las ayudas que obtengan su Certificado Digital para poder realizar todos los trámites de manera telemática, desde sus propias casas o negocios.
La obtención del Certificado Digital es gratuita y puede obtenerse en CEMEF, la empresa pública municipal del Ayuntamiento de Burjassot encargada de emitirlos. Para la obtención del certificado es necesario solicitar CITA PREVIA en CEMEF llamando al 96 316 02 50 o bien enviando un correo electrónico a empresas4@cemef.com. Una vez realizado este primer paso, indispensable y obligatorio, se dará a la persona interesada toda la información sobre el procedimiento a seguir, sobre la documentación que debe aportar para obtener el certificado y el día y la hora que debe acudir a la sede de CEMEF, en la calle Virgen de los Desamparados, 26.
Los sectores que podrán acceder a las citadas ayudas son los dedicados a:
– Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos
– Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos
– Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos
– Hoteles y alojamientos
– Alojamientos turísticos y otros
– Campings y aparcamientos de caravanas
– Otros alojamientos
– Restaurantes y puestos de comida
– Provisión de comidas preparadas para eventos
– Otros servicios de comidas
– Establecimientos de bebidas
– Actividades de exhibición cinematográfica
– Actividades de agencias de viajes
– Actividades de los operadores turísticos
– Otros servicios de reservas
– Organización de convenciones y ferias
– Artes escénicas
– Actividades auxiliares de las artes escénicas
– Creación artística y literaria
– Gestión de salas de espectáculos
– Actividades de museos
– Gestión de instalaciones deportivas
– Actividades de los clubes deportivos
– Actividades de los gimnasios
– Otras actividades deportivas
– Actividades de los parques de atracciones
– Otras actividades recreativas y de entretenimiento
Las ayudas irán dirigidas directamente a personas trabajadoras autónomas y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras, de las actividades enumeradas anteriormente. Las ayudas se distribuirán entre personas trabajadoras autónomas y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras de los sectores indicados. Dichas ayudas deben ir dirigidas a cubrir gastos corrientes de la actividad realizada por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras. Estos gastos podrán haberse realizado desde abril de 2020 y tendrán que ser justificados por las personas trabajadoras autónomas y las microempresas.