Las Fallas de València de 2027 contarán con restricciones horarias para determinados productos pirotécnicos con el objetivo de favorecer la convivencia y el descanso vecinal. El Ayuntamiento ha dado a conocer las principales normas del próximo Bando Fallero tras la segunda reunión de trabajo sobre la regulación de las fiestas.
La normativa regulará el uso de truenos detonantes, fuentes o combinaciones de categoría F2 o F3 que puedan utilizarse como cohetes borrachos, así como carretillas de categoría T1. Las limitaciones se aplicarán durante determinados periodos de las fiestas.
Del 7 al 12 de marzo, estos productos no podrán utilizarse entre las 22:00 y las 7:30 horas del día siguiente. Del 13 al 19 de marzo, la restricción se aplicará entre las 2:00 y las 7:30 horas. A partir de las 00:00 horas del 20 de marzo, su uso quedará limitado, salvo cuando resulte necesario para la celebración de la Cremà.
Cinco zonas libres de petardos para proteger a los animales
El Bando Fallero también contempla la creación de cinco zonas libres de petardos para proteger el bienestar animal. Estos espacios estarán ubicados en el Parque de Benimar, el Espai Verd de Nazaret y los parques del Oeste, Orriols y Benicalap.
Desde el Ayuntamiento señalan que las medidas buscan compatibilizar el carácter pirotécnico de las Fallas con el descanso, la convivencia y la protección de los animales durante las fiestas.
Compromís reclama una regulación efectiva
La oposición ha criticado que el acuerdo aprobado por unanimidad en la comisión de Cultura en marzo para regular horarios, lugares y tipos de artefactos pirotécnicos no se haya cumplido.
Compromís considera que las medidas anunciadas se quedan en recomendaciones y que no permiten sancionar a quienes disparen petardos fuera de horario, en lugares prohibidos o con artefactos de mayor calibre.
La coalición recuerda que las denuncias por el mal uso de material pirotécnico pasaron de 622 en 2025 a 2.806 en 2026, un incremento del 351 %. Por ello, reclama normas claras para preservar la pólvora y evitar lo que califica como «turismo pirotécnico». No obstante, aplaude la decisión de acabar con las mojiterías.
Fechas destacadas del calendario fallero
La Crida se celebrará el 28 de febrero, mientras que la instalación de las carpas se realizará, con carácter general, entre el 11 y el 19 de marzo.
Como medida excepcional, las comisiones falleras podrán celebrar el 7 de marzo la tradicional comida o paella en la vía pública, entre las 10:00 y las 20:00 horas, sin ambientación musical.
El traslado y acopio de las piezas de los monumentos falleros en la vía pública tendrá dos calendarios: desde el 6 de marzo para las fallas de Sección Especial y Primera A, y a partir del 11 de marzo para el resto de comisiones.
Puestos de buñuelos y alimentación
La instalación y venta de puestos de buñuelos y masas fritas estará permitida entre el 28 de febrero y el 19 de marzo. Los mercadillos y puestos de venta o consumo de alimentos podrán instalarse del 12 al 19 de marzo.
El número máximo de puestos autorizados será de 20, incluyendo mercadillos y puestos de alimentación. De ellos, un máximo de nueve podrán ser de alimentación, con un límite de cuatro dedicados a la elaboración de alimentos.
Además, quedará prohibida la instalación de puestos de mojitos y de cualquier puesto o food truck destinado a la venta de bebidas alcohólicas.
Medidas para las calles iluminadas y las procesiones
El Bando Fallero también contempla medidas específicas para las calles iluminadas que se vean afectadas por los recorridos de las procesiones de la Semana Santa Marinera.
En estos casos, el desmontaje de las iluminaciones deberá haberse realizado antes del 20 de marzo a las 14:00 horas. Las comisiones falleras también deberán retirar los residuos generados en estas vías antes de esa misma fecha y hora.
Con esta segunda reunión, el Ayuntamiento continúa avanzando en la elaboración del Bando Fallero de 2027, con el objetivo de garantizar unas fiestas participativas y abiertas, al tiempo que se favorecen la convivencia, el descanso vecinal y el bienestar animal.
